El abono voluntario de la tasa por recogida de basuras podrá realizarse del 5 de agosto al 6 de octubre

El Ayuntamiento de Logroño pondrá en marcha, del 5 de agosto al 6 de octubre, el período de abono voluntario del recibo del primer semestre del año de la tasa por recogida, transporte y tratamiento de residuos, tal y como han informado esta mañana el concejal de Administración Pública, Francisco Iglesias, y el director general de Gestión Tributaria, Antonio Ruiz.
El nuevo recibo, en el que se incluye el coste real de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos en aplicación de la normativa impuesta desde el Gobierno de España, se girará de manera individualizada a cada usuario.
Si el ciudadano tiene el recibo domiciliado, el cargo se realizará el 5 de septiembre. En caso contrario, puede domiciliarlo del 5 al 31 de agosto a través de la Oficina Virtual Tributaria (ovt.logrono.es, sección ‘Obtener documento de pago’) con firma electrónica o a través de la Oficina de Atención del Contribuyente del Ayuntamiento (se recomienda con cita previa, a través de logrono.es, en horario de 9:00 a 14:00 horas).
Si por el contrario el usuario no quiere domiciliar el recibo, puede abonarlo directamente, antes de que expire el plazo y con la carta de pago, a través de las entidades bancarias colaboradoras (Caixabank, Banco Santander, Ibercaja y BBVA), mediante la Oficina Virtual Tributaria (en este caso, sin necesidad de firma electrónica) o en la Oficina de Atención del Contribuyente (se recomienda cita previa).
En el caso de las comunidades de propietarios ya no se remitirá un recibo general al administrador de la finca para que lo fraccione entre los residentes, tal y como se hacía hasta ahora en la mayoría de los casos, sino que cada usuario recibirá el referente a su vivienda.
“Así, los aproximadamente 1.200 recibos que hasta ahora se remitían a las comunidades vecinales pasarán a ser unos 27.500 que se enviarán directamente a los usuarios. Hablamos de personas que hasta ahora no recibían este recibo desde el Ayuntamiento y que, por lo tanto, no lo tienen el hábito de abonarlo directamente”, ha señalado el concejal de Administración Pública.
Superficie e inquilinos de la vivienda, nuevas variables para calcular el importe
“Tal y como obliga la normativa europea y nacional, nos encontramos ante la obligación de repercutir a la ciudadanía el coste completo del servicio, es decir, que el Consistorio ingrese exactamente lo que le cuesta el servicio de recogida de basuras, algo que hasta ahora se estaba haciendo tan solo al 66,3%”, ha destacado el concejal Francisco Iglesias, quien ha añadido que “el impacto en nuestra ciudad no será tan pronunciado como en otras ciudades tras los ajustes llevados a cabo en los dos últimos ejercicios”.
La norma concreta que se aplica en esta tasa es la Ley 7/2022, de 8 de abril, sobre residuos y suelos contaminados para una economía circular, que obliga a todos los ayuntamientos a establecer una tasa de basura diferenciada que cubra totalmente los costes de gestión, aplicando el principio de “quien contamina, paga”.
Con el objetivo de que el coste del servicio repercuta en la ciudadanía de un modo más justo y vinculado a la responsabilidad ambiental, en el ámbito residencial se introducen dos criterios nuevos que se suman a la categoría o índice fiscal de cada calle, como son los metros cuadrados de la vivienda y el número de personas empadronadas en ella.
De este modo, el 50% de la cuota responderá al índice fiscal de la calle, el 25% a la superficie de la vivienda (según datos catastrales) y el 25% restante hará referencia al número de personas que estén empadronadas en ella.
“Una fórmula que responde al criterio que marca la ley y que hace referencia a la idea de que paga más quien genera más residuos, pues una vivienda más grande y con más residentes pagará más que una persona que, por ejemplo, vive sola en la misma calle y en un piso más pequeño. Ahí es donde el reparto del gasto es más justo, pues hasta ahora ambas viviendas abonaban la misma cantidad al estar ubicadas en la misma calle”, ha apuntado el concejal de Administración Pública.
Por ejemplo, dos viviendas ubicadas en una calle con un índice fiscal de tipo 3, una con cuatro residentes y una superficie de 120 m2 y otra con un residente y 65 m2, abonan actualmente 58 euros al año en concepto de recogida de basura. Con el nuevo incremento de la tasa, al que se aplican las variables de superficie y residentes, la primera abonará un importe anual de 138 euros, mientras que para la segunda será de 71,43 euros anuales.
Ámbitos comercial y hostelero
Por lo que se refiere a la tarifa que grava los locales en los que se ejercen actividades se mantienen las dos variables utilizadas hasta la fecha, como son la superficie del local y la ubicación según el índice fiscal de calles.
“Con el fin de hacer más homogénea la distribución de los tramos que diferencian la tasa en las diferentes calles de la ciudad se han corregido los intervalos para conseguir una distribución más proporcional”, ha señalado el concejal de Administración Pública.
A modo de ejemplo, un comercio de una calle de índice fiscal 3 que tenga una superficie útil de 200 m2 pasará a pagar 314 euros al año, cuando en la actualidad pagaba 232 euros.
En el caso de la hostelería la tarifa se mantiene por encima de la del comercio. De este modo, para la misma situación descrita un establecimiento hostelero o una tienda de alimentación pasará de los 410 euros actuales al semestre a 506 euros con la nueva tarifa.
Bonificaciones fiscales
En la ordenanza fiscal que regula la recogida de basuras y residuos sólidos en Logroño se han introducido una nueva bonificación fiscal para las familias numerosas y monoparentales, pues ambas estarán equiparadas. Como en función de los empadronados se paga más, por ejemplo, una familia numerosa de cinco personas abonará lo mismo que una no numerosa de cuatro.
El nuevo recibo, al detalle
El recibo de la tasa por recogida, transporte y tratamiento de residuos, que al igual que el anterior se gira de forma independiente al del agua (que tiene el mismo período cobratorio), reflejará la cuantía total del abono, así como el importe desglosado (cuantías derivadas del índice fiscal de la calle, de la superficie de la vivienda y del número de personas empadronadas en ella).
Desde la Oficina Virtual Tributaria se puede consultar el último recibo y los anteriores, así como imprimirlo para llevarlo al banco, entre otras funcionalidades.
Con el objetivo de dar más detalles sobre el nuevo recibo a la ciudadanía, así como las variables por la que se determina su importe, desde la unidad municipal de Gestión Tributaria se ha elaborado una campaña informativa que contará con un folleto divulgativo y una gráfica que se proyectará en los tótems de cartelería digital distribuidos por la ciudad.