Es objeto de la presente Convocatoria, la Concesión de Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro al objeto de apoyar actuaciones en materia de juventud para el año 2026.


La finalidad de las subvenciones es apoyar económicamente actuaciones en materia de infancia y juventud cuyos objetivos vayan encaminados a promover y potenciar el asociacionismo, así como las acciones positivas para y con los jóvenes, favoreciendo, para los menores de edad concretamente, la consecución de los objetivos del Plan de Infancia y Adolescencia de Logroño. Se deben trabajar aspectos como el desarrollo y la formación integral de los niños y de los jóvenes, también la participación activa, los valores democráticos, la socialización, la interculturalidad, la integración, la igualdad y la lucha contra cualquier acoso.

Las ayudas establecidas podrán concederse para actividades propias de cada asociación o entidad, que coadyuven o complementen las competencias y programas municipales en materia de infancia y juventud en orden a las siguientes líneas:

· Actividades de tiempo libre educativo y ocio alternativo que se desarrollen durante el curso y/o en periodos vacacionales (verano, Navidad, Semana de Pascua, fiestas locales...), Campamentos, Intercambios, Convivencias, Dinámicas participativas
continuadas...


· Desarrollo y apoyo a la consecución de los objetivos del Plan de Infancia y Adolescencia de Logroño aprobado por el Ayuntamiento de Logroño, así como fomentar el conocimiento y aplicación de la Convención de los Derechos del Niño y los de Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030 (ODS) aprobados por las Naciones Unidas. Hacer ciudadanía responsable y activa: conocer y formar parte de estrategias socioculturales y comunitarias a corto, medio y largo plazo.

· Actividades, programas y servicios que desarrollen la educación en valores y el compromiso social: tolerancia, salud, participación, solidaridad, no violencia, integración, lucha contra el acoso y la desigualdad, la empatía, el altruismo...


· Actividades formativas y de divulgación/sensibilización sobre aspectos de interés para los jóvenes y/o los niños de Logroño. Campañas de información juvenil e implicación en redes de conocimiento. Nuevos recursos.

· Actividades que apoyen la correcta socialización e interrelación de los jóvenes de la ciudad. Intercambios entre grupos infantiles y/o juveniles para el conocimiento de otras realidades y culturas, acciones a nivel nacional o internacional.

· Programas anuales o servicios estables dirigidos a jóvenes y/o niños logroñeses que fomenten el desarrollo personal y grupal, el espíritu crítico, los valores democráticos, la participación y la implicación positiva con el entorno. Lucha contra cualquier adicción; informando, evitando sus causas y trabajando para superar sus consecuencias. Apoyar la salud mental de nuestros menores y jóvenes, mejora de sus recursos y habilidades personales, conocimiento de recursos…

· Gastos de mantenimiento de locales y funcionamiento básico de las asociaciones.


· Actividades que favorezcan el desarrollo y la expresión de la cultura juvenil.

Desarrollo de modalidades artísticas como el teatro, música, artes plásticas (pintura, ilustración, escultura, fotografía, cómic...), audiovisuales, literatura, danza, gastronomía, diseño, etc.

· Actividades que apoyen la utilización adecuada de las TIC, las redes sociales y de los nuevos recursos electrónicos. Aplicaciones, páginas web, redes sociales, revistas online y difusión virtual de las actividades de las asociaciones. Proyectos que apoyen la superación de la brecha digital y que aporte alternativas positivas para niños, niñas y adolescentes a través de las nuevas tecnologías y las redes sociales. Evitar el ciberacoso en cualquiera de sus formas

1.- Las Asociaciones, Fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro cuyo objeto social vaya dirigido a la juventud, que estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Logroño, a la presentación de la solicitud de estas ayudas. El beneficiario último de las subvenciones será la población infanto juvenil de la ciudad de Logroño.


2. Quedan excluidas las personas jurídicas de derecho público, las universidades, los partidos políticos, sindicatos, colegios profesionales, sociedades civiles y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza a las anteriormente citadas.


3. Tampoco podrán acceder a la condición de entidad beneficiaria de subvenciones, aquellas que impidan la presencia y/o participación de mujeres o de hombres, en términos de igualdad, en su seno salvo aquellas compuestas por miembros de un solo sexo cuyo objetivo principal sea la consecución de la igualdad de mujeres y hombres o la promoción de los intereses y necesidades específicas del colectivo de mujeres y de los hombres.


4. Hallarse al corriente de pago en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no ser deudor de la Hacienda municipal ni tener pendiente de justificación fondos percibidos anteriormente, todo ello con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión.

Normativa