Subvenciones en materia de Infancia y Juventud 2024
Es objeto de las presentes bases el definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la concesión de subvenciones, en el marco de las previsiones presupuestarias municipales, y con arreglo a los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, a Asociaciones e Instituciones sin ánimo de lucro cuyos objetivos vayan encaminados a promover y potenciar el asociacionismo, así como las acciones positivas para y con los jóvenes, favoreciendo, para los menores de edad concretamente, la consecución de los objetivos del Plan de Infancia y Adolescencia de Logroño.
Se deben trabajar aspectos como el desarrollo y la formación integral de los niños y de los jóvenes, también la participación activa, los valores democráticos, la socialización, la interculturalidad, la integración, la igualdad y la lucha contra cualquier acoso.
Requisitos que han de reunir los solicitantes.
- Las Asociaciones, Fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas que tengan entre sus fines estatutarios objetivos dirigidos a la infancia – juventud, que estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Logroño. El beneficiario último de las subvenciones será la población infanto juvenil de la ciudad de Logroño.
- Quedan excluidas las personas jurídicas de derecho público, las universidades, los partidos políticos, sindicatos, colegios profesionales, sociedades civiles y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza a las anteriormente citadas.
- Tampoco podrán acceder a la condición de entidad beneficiaria de subvenciones, aquellas que impidan la presencia y/o participación de mujeres o de hombres, en términos de igualdad, en su seno salvo aquellas compuestas por miembros de un solo sexo cuyo objetivo principal sea la consecución de la igualdad de mujeres y hombres o la promoción de los intereses y necesidades específicas del colectivo de mujeres y de los hombres.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y fiscales con la Hacienda Municipal así como no tener pendiente de reintegro ni justificación alguna, de subvenciones percibidas con anterioridad de esta Administración.
- Aquellas entidades que tengan establecidos con el Ayuntamiento de Logroño convenios o acuerdos de colaboración deberán ostentar su condición de entidad declarada de utilidad pública municipal.