Es objeto de las presentes bases el definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la concesión de subvenciones, en el marco de las previsiones presupuestarias municipales, y con arreglo a los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, a Asociaciones e Instituciones sin ánimo de lucro cuyos objetivos vayan encaminados a promover y potenciar el asociacionismo, así como las acciones positivas para y con los jóvenes, favoreciendo, para los menores de edad concretamente, la consecución de los objetivos del Plan de Infancia y Adolescencia de Logroño.

Se deben trabajar aspectos como el desarrollo y la formación integral de los niños y de los jóvenes, también la participación activa, los valores democráticos, la socialización, la interculturalidad, la integración, la igualdad y la lucha contra cualquier acoso.

Requisitos que han de reunir los solicitantes.

  1. Las Asociaciones, Fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas que tengan entre sus fines estatutarios objetivos dirigidos a la infancia – juventud, que estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Logroño. El beneficiario último de las subvenciones será la población infanto juvenil de la ciudad de Logroño.
  2. Quedan excluidas las personas jurídicas de derecho público, las universidades, los partidos políticos, sindicatos, colegios profesionales, sociedades civiles y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza a las anteriormente citadas.
  3. Tampoco podrán acceder a la condición de entidad beneficiaria de subvenciones, aquellas que impidan la presencia y/o participación de mujeres o de hombres, en términos de igualdad, en su seno salvo aquellas compuestas por miembros de un solo sexo cuyo objetivo principal sea la consecución de la igualdad de mujeres y hombres o la promoción de los intereses y necesidades específicas del colectivo de mujeres y de los hombres.
  4. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y fiscales con la Hacienda Municipal así como no tener pendiente de reintegro ni justificación alguna, de subvenciones percibidas con anterioridad de esta Administración.
  5. Aquellas entidades que tengan establecidos con el Ayuntamiento de Logroño convenios o acuerdos de colaboración deberán ostentar su condición de entidad declarada de utilidad pública municipal. 
Convocatoria
Fecha de publicación:
26/02/2024
Fecha de inicio plazo solicitud:
27/02/2024
Fecha de fin plazo solicitud:
14/03/2024